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De Abu Musa Al Ashari, Al-lah esté complacido con él, que dijo: “Entré a ver al Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, junto con dos primos míos por parte de padre, y uno de ellos dijo: ‘¡Mensajero de Al-lah, empléame como gobernante de alguno de los territorios que Al-lah, Ensalzado y Majestuoso sea, te ha facilitado’. El otro dijo lo mismo. El Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, les respondió: '¡Por Al-lah! Que no concedo este cargo a quien lo pida ni a quien persiga ostentarlo’”.

شرح الحديث :

Este hadiz versa sobre la prohibición de otorgar el cargo de autoridad a quien lo haya solicitado o persiga ostentarlo. Puesto que, el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, cuando los dos hombres le pidieron que les otorgara un cargo de autoridad sobre alguno de los territorios que Al-lah, Ensalzado y Majestuoso sea, le ha facilitado, les dijo: “¡Por Al-lah! Que no concedo este cargo a quien lo pida ni a quien persiga ostentarlo”. Esto es debido a que la persona que persigue el poder o lo pide su objetivo puede que sea obtener su propio interés en lugar de arreglar los asuntos de sus ciudadanos. Dado que pesa sobre ellos esta sospecha, el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, prohibió que se le otorgara el poder a quien pida ostentarlo. Dijo: “¡Por Al-lah! Que no concedo este cargo a quien lo pida ni a quien persiga ostentarlo”. El contenido de este hadiz ha sido reafirmado por Abdurrahman Ibn Samurata, Al-lah esté complacido con él, que el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, dijo: “No pidas el cargo de autoridad o gobernante, ya que si se te otorga sin haberlo solicitado se te ayudará a cumplir con sus obligaciones. Sin embargo, si se te otorga después de haberlo pedido, se te encargará de ella”. Por lo tanto, ninguna autoridad debe, si se lo pide alguien, darle el poder sobre una región o porción de tierra con zonas de pastoreo o similar, por muy capaz que esta persona sea para desempeñar ese cargo. Lo mismo ocurre con el cargo de juez, como por ejemplo que una persona le pida al ministro de justicia que la designe como juez en una región determinada. En este caso, no debería darle ese puesto. No entran en el ámbito de este hadiz las peticiones de traslado de un lugar a otro para desempeñar las mismas funciones o similar, a excepción de que sepamos que la intención del demandante de traslado es ejercer el poder sobre las gentes de una región determinada. En este caso, se lo debemos impedir, puesto que las obras son en función de las intenciones con las que se hacen. Si alguien pregunta: ¿qué me dices de la petición de José, sobre el sean las bendiciones y la paz de Al-lah, cuando dijo “respondió: “¡Ponme al cargo de los graneros del país; en verdad, yo sé cómo administrarlos prudentemente!” [Corán, 12: 55]?. Le podemos responder de dos modos. El primero: si la ley de los pueblos que nos precedieron contradicen nuestra ley, la prioridad es para nuestra ley, en virtud de la norma común entre los estudiosos de los fundamentos del derecho islámico: “la ley de los pueblos que nos precedieron es nuestra ley siempre que la nuestra no la contradiga”. Nuestro derecho ha contradicho esa referencia a José con “No concedemos el cargo de autoridad a quien lo pida”. El segundo: se le puede decir que José, sobre el sean las bendiciones y la paz de Al-lah, vio que los bienes se estaban malgastando, así que quiso rescatar a su pueblo de este derroche. Como esto, puede ser todo aquel que quiere acabar con la mala gestión. En este caso, no hay mal en que ostente ese cargo que ha solicitado. Por ejemplo, si vemos que la autoridad de una región determinada está desperdiciando sus recursos y corrompiendo el sistemas, lo que se debe hacer en ese caso, siempre que no haya otra persona más apta, es pedir desempeñar esa autoridad diciéndole a la autoridad pertinente: “Desígname como autoridad de esta región para acabar con el mal que le afecta”. Este comportamiento sería el adecuado y es acorde a las normas. El hadiz de Uzman Ibn Abu Al-As que el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, dijo: “Desígname imam entre mi gente”, esto es, como guía de la oración. Le dijo: “Eres su imam pues”. Algunos ulemas dicen que este hadiz indica que está permitido pedir el cargo de imam, porque sería para hacer bien. Esto mismo lo encontramos en las súplicas que imploran los siervos del Misericordioso, aquellos a los que Al-lah, Alabado sea, dijo que imploraban: “Haznos los imames de aquellos temeroso de Ti” [Corán, 25: 74]. Esto no es equiparable a la petición de mando político, que es en sí un acto abominable, puesto que se trata del liderazgo en el mundo terrenal, un mundo del que no se debe ayudar a quien lo busca ni es merecedor de que se le otorgue.


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