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الأول

(الأوَّل) كلمةٌ تدل على الترتيب، وهو اسمٌ من أسماء الله الحسنى،...

الله

أسماء الله الحسنى وصفاته أصل الإيمان، وهي نوع من أنواع التوحيد...

De Ubada Ibn As-Samit, Al-lah esté complacido con él, que dijo: “Hemos rendido pleitesía ante el Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, jurando oírle y obedecerle en la desgracia y en la fortuna; en los asuntos agradables y desagradables; cuando el gobernante goza de preferencia sobre nosotros y su trato a nosotros no es igualitario; a no arrebatarle el poder a quienes lo ostentan siempre que no veamos una prueba clara de que han incurrido en incredulidad y que de esta incredulidad tengamos una constancia clara y rotunda de que contradice los mandatos de Al-lah Todopoderoso; y a decir la verdad dondequiera que estemos, sin temer, por Al-lah, reproche alguno”.

شرح الحديث :

Los compañeros del Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, le rindieron pleitesía jurando oírle y obedecerle, siendo él a quien Al-lah le ha otorgado el poder en el período profético, al decir en su sagrado Libro: “¡Oh vosotros que habéis llegado a creer! Obedeced a Al-lah, obedeced al Enviado y a aquellos de vosotros a quienes se ha dado autoridad” [Corán, 4: 59]. Después de él, Al-lah le bendiga y le dé paz, se le otorgó el poder a dos facciones: los ulemas y los gobernantes. No obstante, los ulemas tienen autoridad en todo lo relacionado con el saber y la religión, mientras que los gobernantes son la autoridad ejecutiva y los que ostentan el poder. Dice: le hemos rendido pleitesía, jurando oírle y obedecerle en “la desgracia y en la fortuna”, esto es, todos los súbditos, ricos y pobres, están obligados a acatar la autoridad de sus dirigentes y cumplir sus órdenes, del mismo modo que en los asuntos agradables y desagradables, esto es, bien cuando se vean obligado a cumplir dichos mandatos en contra de su voluntad, bien porque deseen cumplirlos. Sigue diciendo “cuando el gobernante goza de preferencia sobre nosotros y su trato a nosotros no es igualitario”, esto es, aunque los gobernante nos traten injustamente, como por ejemplo cuando se adueñan del dinero público y lo emplean para su diversión y bienestar, impidiendo que puedan disfrutar de ellos sus súbdito. Incluso en estos casos, se debe oír y acatar los mandatos de los dirigentes. Luego dijo: “a no arrebatarle el poder a quienes lo ostentan”, esto es, a no intentar derrocar a aquellos que Al-lah ha designado como dirigentes nuestros, puesto que este enfrentamiento por el poder da lugar a conflictos crueles y a la división de los musulmanes. De hecho, la comunidad islámica solo la ha destruido la lucha por arrebatarle el poder a quienes lo ostentan legítimamente, desde el califato de Uzmán hasta nuestros días. Añadió: “siempre que no veamos una prueba clara de que han incurrido en incredulidad y que de estaincredulidad tengamos una constancia clara y rotunda de que contradice los mandatos de Al-lah Todopoderoso”. He aquí cuatro condiciones: si vemos que cometen incredulidad y se dan las cuatro condiciones, es entonces cuando debemos luchar contra ellos para arrebatarles el poder, intentando derrocarlos pero siempre so pretexto de las cuatro condiciones: la primera es “si veis”, por lo que es necesaria la certeza. Si son solo suposiciones, no está permitido derrocar la autoridad y escindirse de la comunidad islámica. La segunda es “que han incurrido en incredulidad”, puesto que si se trata de maldad (fusuq), no es lícito derrocarlos. Por ejemplo, si beben alcohol, fornican, son injustos con la gente, no está permitido derrocarlos. No obstante, sí debemos hacerlo si vemos que cometen una incredlidad con claridad meridiana. La tercera es “una prueba clara de incredulidad”, esto es, la incredulidad que no deja ningún atisbo de duda, la incredulidad flagrante. Mientras que la incredulidad que deja dudas o permite interpretaciones divergentes no es condición para derrocar a la autoridad. Dicho de otro modo, si los dirigentes cometen un acto que consideramos una incredulidad pero hay alguna posibilidad de que no lo sea, no se nos está permitido derrocar dichos dirigentes. Sin embargo, sí lo podemos hacer si la incredulidad es clara y no deja ningún atisbo de duda, como por ejemplo si le permite a los súbditos beber alcohol y practicar el adulterio y la fornicación. La cuarta condición es “y que de esta incredulidad tengamos una constancia clara y rotunda de que contradice los mandatos de Al-lah Todopoderoso”, esto es, poseer una prueba irrefutable de dicha incredulidad, puesto que si las pruebas son débiles, es ilícito intentar derrocar al gobernante, dado que hacerlo conlleva muchos males y peligros. Si se dieran estas condiciones, no se nos está permitido intentar derrocarlo hasta que no tengamos la capacidad suficiente para hacerlo, ya que si los súbditos se levantan en contra del dirigente sin tener capacidad para ello, él podría acabar con todos, incluidos los súbditos buenos y así materializar su control absoluto. Estas condiciones son necesarias para que sea permitido intentar derrocar un dirigente y salirse de su autoridad, pero siempre con la condición añadida de que se tenga capacidad suficiente para ello. Si no se tiene esta capacidad, sería ilícito hacerlo, puesto que es como lanzarse al precipicio y a una muerte segura. Por lo tanto, sublevarse en contra la autoridad en este caso no tendría ningún beneficio.


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