الحكم
كلمة (الحَكَم) في اللغة صفة مشبهة على وزن (فَعَل) كـ (بَطَل) وهي من...
De Abu Huraira, que Al-lah esté complacido con él, que el Mensajero de Al-lah dijo: “No se podrá simultanear el matrimonio con una mujer y con su tía paterna, ni con una mujer y su tía materna”.
La ley islámica purificante trajo consigo el beneficio y el arreglo de nuestras vidas, y combatió todo lo que suponía daño y corrupción. En este sentido, llamó al afecto, al amor y a la amistad, y prohibió el alejamiento, la enemistad y el odio. El legislador autorizó la poligamia debido a sus grandes beneficios, pero cuando el hombre se casaba con varias mujeres, se creaban rencillas y odio entre ellas debido a los celos. Por ello, el legislador prohibió el matrimonio múltiple de mujeres con parentesco familiar cercano por miedo a que se produzca un distanciamiento entre los parientes de una misma familia. Así, prohibió que se contrajera matrimonio con dos hermanas al mismo tiempo, o que se contrajera con la tía paterna y su sobria, o con la sobrina y la tía materna, entre otros casos. Al hombre y a la mujer en edad casadera se les prohíbe el matrimonio en estos casos porque ya existe un lazo de parentesco. Por ello, no está permitido simultanear el matrimonio en estos casos. Este hadiz entra en el ámbito de aplicación de las palabras del Altísimo: “Y os están permitidas todas las demás [mujeres]” [Corán, 4: 24].