الإله
(الإله) اسمٌ من أسماء الله تعالى؛ يعني استحقاقَه جل وعلا...
Emular los dichos, las acciones, las creencias y todas las características exclusivas de los no musulmanes (2).
Es la imitación que realiza una persona de los comportamientos de los no musulmanes, ya sea emulándolos en lo relativo a sus palabras, sus acciones, sus obras o sus creencias, de tal forma que parece uno de ellos. Este tipo de imitaciones se contradice con la pertenencia al Islam. La exaltación de las imitaciones o semejanzas al comportamiento de los no musulmanes, conlleva también, de forma inconsciente, a comportarse como ellos en las acciones que no son visibles. Y cada vez que las comparaciones o similitudes con los no musulmanes son mayores, entonces los comportamientos y los atributos también se igualarán a las actitudes de los no musulmanes. La imitación o similitud con los no musulmanes se divide en dos tipos: el primero, y es aquel relativo a la imitación de los elementos exclusivos de la religión de los no musulmanes, y que el Islam no lo recoge como tal, por ejemplo, la celebración de las Navidades. Segundo, se refiere a la imitación de los asuntos mundanos de los no musulmanes. En este punto sí se puede imitar ciertos elementos, pero con excepciones: 1. Que lo que se vaya a emular no sea exclusivo de las costumbres y tradiciones de los no musulmanes. 2. Que no sea tampoco de sus leyes religiosas. 3. Que no haya en la Shari’a un “bayan” (manifiesto) sobre lo que se vaya a imitar, en ese caso, se atenderá a lo dictado por la legislación islámica. 4. Que la aceptación para llevar a cabo la imitación se limite a lo necesario solamente (3).